Especificó que el paro de transporte de combustible y el no acatamiento a la conciliación obligatoria del Ministerio de Trabajo atentan contra los artículos 1 y 3 de la ley 26.741, y el 194 del código penal.
Los mismos establecen, básicamente, de interés público nacional y objetivo prioritario el abastecimiento de combustible para industrialización transporte y comercialización, entre otros puntos.
De Vido informó que se dispuso de personal de Gendarmería para custodiar las plantas de combustible en el marco de la Justicia pero descartó el uso de la fuerza para desbloquearlas.